Fiche de révision : Fundamentos de la criminología y política criminal

Esquema del Curso

  1. Evolución del pensamiento criminológico
  2. Escuela clásica y derecho penal liberal
  3. Positivismo criminológico y determinismo
  4. Criminología sociológica y estructural
  5. Criminología crítica contemporánea
  6. Modelo constitucional ecuatoriano
  7. Principios del sistema penal ecuatoriano
  8. Funciones y legitimidad de la pena
  9. Relación criminología y política criminal

1. Evolución del pensamiento criminológico

Conceptos clave y definiciones

  • Teoría de la anomia de Merton (1938): reformulación del concepto durkheimiano, que explica cómo la discrepancia entre metas culturales y medios legítimos genera tensiones sociales que pueden conducir a conductas delictivas. Según Merton, el delito surge como respuesta adaptativa a las desigualdades institucionalizadas.

  • Teoría de la desorganización social de Shaw y McKay (1942): plantea que las tasas delictivas se concentran en áreas urbanas con pobreza, movilidad residencial y fragmentación comunitaria, donde el debilitamiento del control informal favorece la reproducción intergeneracional de la criminalidad.

  • Reformulación contemporánea de la anomia y desorganización social: en el siglo XXI, estas teorías se han actualizado para analizar fenómenos como la violencia urbana, la exclusión estructural y la marginalidad territorial, integrando análisis geoespacial y criminología ambiental.

  • Análisis geoespacial y criminología ambiental: enfoques que estudian cómo la distribución territorial del delito responde a dinámicas estructurales persistentes, utilizando metodologías cuantitativas y análisis espacial para comprender la relación entre entorno social y criminalidad.

  • Violencia urbana y exclusión estructural: fenómenos que, desde estas perspectivas, se explican por las desigualdades sociales, la fragmentación comunitaria y la falta de control social efectivo en territorios marginados, donde la criminalidad se reproduce en contextos de pobreza y desintegración social.

2. Escuela clásica y derecho penal liberal

Conceptos clave y definiciones

  • Fundamentos del derecho penal liberal: Conjunto de principios que sustentan un sistema penal basado en la protección de los derechos individuales, limitando el poder punitivo del Estado y promoviendo garantías para el acusado, en contraposición a modelos autoritarios o arbitrarios. Se fundamenta en la idea de que la ley debe ser clara, predecible y aplicarse de manera igualitaria.

  • Principios de la escuela clásica: Son las ideas centrales que sustentan el derecho penal liberal, incluyendo la legalidad, la proporcionalidad, la igualdad ante la ley y la responsabilidad individual. La escuela clásica, influenciada por pensadores como Cesare Beccaria (1764), sostiene que el delito es resultado de decisiones racionales y que la pena debe ser justa y adecuada al acto cometido.

  • Concepto de legalidad y proporcionalidad: La legalidad implica que no hay delito ni pena sin una ley previa (nullum crimen, nullum poena sine lege), garantizando seguridad jurídica y limitando la arbitrariedad. La proporcionalidad exige que la sanción sea adecuada y equitativa en relación con la gravedad del delito, evitando castigos excesivos o desproporcionados.

  • Derechos individuales frente al poder punitivo: Son las garantías que protegen a las personas contra abusos del Estado en materia penal, como el derecho a la defensa, a un juicio justo, a la presunción de inocencia y a la no retroactividad de la ley penal más gravosa. Estas garantías aseguran que el poder punitivo se ejerza respetando la dignidad y libertades fundamentales del individuo.

  • Crítica al derecho penal arbitrario: Es la denuncia de que, en sistemas no liberales, el poder punitivo puede ejercerse sin límites claros, permitiendo decisiones discrecionales, persecución política o castigos desproporcionados. La escuela clásica critica esta situación, promoviendo un sistema basado en leyes claras, control judicial y respeto a los derechos humanos.

Puntos esenciales

  • La escuela clásica del derecho penal surge en el siglo XVIII, influenciada por la Ilustración, con Cesare Beccaria como uno de sus principales exponentes, quien abogó por un sistema penal racional, justo y limitado por la ley (1764).
  • La legalidad y la proporcionalidad son principios fundamentales que garantizan la seguridad jurídica y evitan la arbitrariedad en la aplicación de sanciones.
  • Los derechos individuales, como la presunción de inocencia y el derecho a la defensa, son pilares que limitan el poder punitivo del Estado y protegen la dignidad del individuo.
  • La crítica al derecho penal arbitrario busca prevenir abusos y promover un sistema justo, en el que la ley sea la única fuente de autoridad para sancionar conductas.

Conclusión clave

El derecho penal liberal, fundamentado en los principios de legalidad, proporcionalidad y protección de derechos, busca limitar el poder punitivo del Estado y garantizar un sistema justo y racional, en contraposición a modelos arbitrarios o autoritarios.

3. Positivismo criminológico y determinismo

Conceptos clave y definiciones

Positivismo criminológico: Enfoque que sostiene que la conducta delictiva tiene causas objetivas y verificables, basadas en factores biológicos, sociales o psicológicos, y no en decisiones racionales o libres. Se fundamenta en métodos científicos y empíricos para estudiar el delito (Amaguaya Berrones, s.f.).

Determinismo biológico: Teoría que afirma que las características físicas o genéticas de una persona determinan su conducta delictiva, sugiriendo que ciertos rasgos biológicos predisponen a la criminalidad. Es una postura que busca explicar el delito a partir de la biología (Amaguaya Berrones, s.f.).

Determinismo social y psicológico: Enfoques que consideran que la conducta criminal está influenciada por factores sociales, como la pobreza, la desigualdad, o por aspectos psicológicos, como trastornos mentales o rasgos de personalidad. Ambos plantean que el entorno y la mente condicionan la conducta (Amaguaya Berrones, s.f.).

Métodos empíricos en criminología positivista: Técnicas de investigación basadas en la observación, la estadística y la experimentación para recopilar datos sobre la conducta criminal, permitiendo análisis objetivos y verificables. Incluyen encuestas, estudios de campo y análisis estadísticos (Amaguaya Berrones, s.f.).

Crítica al libre albedrío en la conducta delictiva: Cuestionamiento a la idea de que las personas actúan libremente y con responsabilidad plena en sus delitos. La criminología positivista sostiene que factores externos e internos condicionan la decisión delictiva, minimizando la responsabilidad individual (Amaguaya Berrones, s.f.).

Influencia del entorno en la conducta criminal: Concepto que señala que las condiciones sociales, económicas y culturales en las que vive una persona influyen significativamente en su comportamiento delictivo, reforzando la idea de que el delito no es solo una elección individual, sino un producto del contexto (Amaguaya Berrones, s.f.).

Puntos esenciales

El positivismo criminológico surge como respuesta a las ideas clásicas, proponiendo que el delito tiene causas objetivas y medibles. Amaguaya Berrones (s.f.) destaca que esta corriente se apoya en métodos científicos y empíricos para estudiar la conducta delictiva, rechazando la visión racionalista del libre albedrío. La teoría del determinismo biológico sostiene que rasgos físicos o genéticos predisponen a ciertos individuos a delinquir, aunque ha sido criticada por su reduccionismo. Por otro lado, el determinismo social y psicológico enfatiza que factores del entorno social, como la pobreza, la educación deficiente o trastornos mentales, influyen en la conducta criminal, reforzando la idea de que el delito es un producto de condiciones externas. La crítica principal al libre albedrío en esta perspectiva es que la responsabilidad delictiva no puede atribuirse únicamente a decisiones racionales, sino que está condicionada por factores internos y externos. La aplicación de métodos empíricos ha permitido a la criminología positivista recopilar datos verificables, facilitando análisis estadísticos y estudios de campo que sustentan sus teorías.

Conclusión clave

El positivismo criminológico y el determinismo sostienen que la conducta delictiva tiene causas objetivas, internas o externas, que pueden ser estudiadas científicamente, desplazando la responsabilidad exclusiva del individuo hacia su entorno y características biológicas o psicológicas.

4. Criminología sociológica y estructural

Conceptos clave y definiciones

  • Teorías del conflicto y desigualdad estructural: Enfoques que sostienen que el sistema jurídico-penal refleja relaciones de poder y estructuras de dominación, donde la criminalización responde a intereses de grupos hegemónicos (Quinney, 1970). Estas teorías analizan cómo las desigualdades sociales influyen en la definición y persecución del delito, reproduciendo la exclusión y la marginalidad (Baratta, 2004).

  • Criminalización selectiva: Proceso mediante el cual el sistema penal aplica sanciones de manera diferenciada, favoreciendo a ciertos grupos sociales y criminalizando a otros, en función de intereses políticos, económicos o sociales (Baratta, 2004). Este fenómeno revela la influencia de las relaciones de poder en la definición y persecución del delito.

  • Teoría del etiquetamiento y construcción social del delito: Enfoque que sostiene que la desviación no es una cualidad intrínseca del comportamiento, sino el resultado de la aplicación de etiquetas por parte de las instituciones sociales, que producen identidades desviadas (Becker, 1963; Lemert, 1951). La estigmatización puede consolidar trayectorias delictivas y reforzar la exclusión social.

  • Control social formal e informal: Mecanismos mediante los cuales la sociedad regula conductas. El control formal se realiza a través de instituciones como policía y sistema penitenciario, mientras que el informal opera mediante normas comunitarias, familia y escuela (Durkheim, 2007; Foucault, 2002). Ambos son fundamentales para mantener el orden social.

  • Función social del delito según Durkheim: El delito cumple una función en la sociedad al reafirmar los límites normativos y fortalecer la cohesión social mediante la reacción social (Durkheim, 2007). La presencia del delito permite definir lo que la sociedad considera aceptable y mantener la solidaridad social.

Puntos esenciales

  • Las teorías del conflicto y desigualdad estructural muestran que el sistema penal refleja relaciones de poder y favorece a las élites, reproduciendo desigualdades sociales (Quinney, 1970; Baratta, 2004). La criminalización no es neutral, sino que está influida por intereses políticos y económicos.

  • La criminalización selectiva evidencia que ciertos grupos vulnerables, como las clases bajas, son desproporcionadamente criminalizados, mientras que delitos vinculados a las élites suelen ser invisibilizados o sancionados de manera diferida (Baratta, 2004).

  • La teoría del etiquetamiento revela que la reacción social y la estigmatización producen identidades desviadas, limitando las oportunidades de reintegración social y perpetuando la exclusión (Becker, 1963; Lemert, 1951).

  • El control social formal se ejerce mediante instituciones estatales, mientras que el control informal se basa en normas y valores comunitarios, ambos complementarios en la regulación social (Durkheim, 2007; Foucault, 2002).

  • Según Durkheim, el delito tiene una función social al activar mecanismos de reacción que refuerzan los valores colectivos y la cohesión social, sirviendo como un espejo de los límites morales de la comunidad (Durkheim, 2007).

Conclusión clave

Las teorías sociológicas y estructurales del delito evidencian que el sistema penal refleja y reproduce las desigualdades sociales y relaciones de poder, donde la construcción social del delito y los mecanismos de control social son fundamentales para entender la dinámica del fenómeno delictivo.

5. Criminología crítica contemporánea

Conceptos clave y definiciones

  • Criminología crítica y selectividad penal: Enfatiza que el sistema penal no actúa de manera neutral, sino que selecciona y criminaliza conductas y grupos específicos, generalmente vulnerables, reflejando relaciones de poder y desigualdad estructural (Baratta, 2004). La selectividad penal implica que ciertos delitos y actores son priorizados en la persecución, mientras otros quedan invisibilizados.

  • Criminalización primaria y secundaria: La criminalización primaria se refiere al proceso legislativo mediante el cual se crean nuevos delitos o se amplía el catálogo penal (Baratta, 2004). La criminalización secundaria, en cambio, es la aplicación selectiva y discriminatoria de esas leyes por parte de las instituciones, que reproduce sesgos estructurales y afecta desproporcionadamente a sectores vulnerables.

  • Derecho penal del enemigo: Concepto desarrollado por Jakobs (2003), que describe un modelo penal orientado a neutralizar sujetos considerados peligrosos antes que juzgar conductas concretas, reduciendo garantías procesales en nombre de la seguridad pública. Este paradigma tiende a excluir ciertos actores del marco garantista del Estado de Derecho.

  • Expansión punitiva y cultura del control: Se refiere al aumento de las sanciones, tipos penales y mecanismos de control social en respuesta a la percepción de inseguridad, promoviendo una cultura que prioriza el castigo y la vigilancia (Garland, 2005). Esta tendencia genera una expansión del sistema penal más allá de las necesidades reales de justicia, con efectos en derechos humanos y libertades civiles.

  • Victimología contemporánea y protección de derechos: Enfatiza la transformación del papel de la víctima, que pasa de ser un sujeto pasivo a un actor con derechos propios en el proceso penal, promoviendo mecanismos de protección, reparación y participación activa para evitar revictimización y fortalecer la justicia restaurativa (Von Hentig, 1948).

  • Justicia restaurativa y modelos alternativos de resolución penal: Paradigma que prioriza la reparación del daño y la reconstrucción del tejido social mediante mediación, diálogo y participación comunitaria, en contraposición al modelo punitivo tradicional. Promueve la responsabilidad del infractor y la cohesión social, siendo una alternativa efectiva para reducir la reincidencia y fortalecer derechos (Braithwaite, 1989; Zehr, 2002).

6. Modelo constitucional ecuatoriano

Conceptos clave y definiciones

  • Garantías constitucionales en materia penal ecuatoriana: Conjunto de derechos y principios establecidos en la Constitución que aseguran la protección de los derechos fundamentales de las personas en el proceso penal, garantizando un debido proceso, igualdad y justicia (ver principios constitucionales aplicados al derecho penal).

  • Derechos de la víctima en el sistema ecuatoriano: Conjunto de prerrogativas que la Constitución y la legislación procesal reconocen a la víctima, incluyendo participación activa en el proceso, protección, reparación y acceso a la justicia, con el fin de garantizar su dignidad y derechos fundamentales (ver participación y protección procesal de la víctima).

  • Participación y protección procesal de la víctima: Mecanismos y garantías constitucionales que permiten a la víctima intervenir en el proceso penal, ejercer derechos de participación, ser informada, solicitar medidas de protección y reparación, asegurando su protección frente a posibles revictimización (ver derechos de la víctima).

  • Principios constitucionales aplicados al derecho penal: Conjunto de principios establecidos en la Constitución que rigen el sistema penal, como el principio de legalidad, debido proceso, igualdad, proporcionalidad y protección de derechos humanos, orientados a garantizar un sistema justo y respetuoso de los derechos fundamentales (ver principios constitucionales).

  • Equilibrio entre derechos del procesado y víctima: Concepto que busca armonizar los derechos de la víctima y del imputado en el proceso penal, asegurando que ambos tengan garantías procesales, sin que uno prevalezca injustamente sobre el otro, promoviendo justicia y protección de derechos en igualdad (ver participación y protección procesal de la víctima).

7. Principios del sistema penal ecuatoriano

Key Concepts & Definitions

  • Principios del sistema penal ecuatoriano: Conjunto de normas y valores fundamentales que rigen la aplicación del derecho penal en Ecuador, garantizando un equilibrio entre la protección de derechos y la eficacia del sistema (fuente: fundamentos de la criminología contemporánea).

  • Proporcionalidad y mínima intervención: Principios que establecen que la respuesta penal debe ser proporcional a la gravedad del delito y que la intervención del Estado en la libertad del individuo debe ser la mínima necesaria para alcanzar los fines del sistema penal (Ferrajoli, 2011).

  • Garantismo penal según Ferrajoli: Enfoque que prioriza la protección de los derechos fundamentales del imputado, limitando el poder punitivo del Estado y asegurando garantías procesales y sustantivas para evitar abusos (Ferrajoli, 2011).

  • Funciones del sistema penal: Conjunto de objetivos que busca cumplir el sistema penal, como la prevención, la retribución y la resocialización, con el fin de mantener el orden social y proteger los derechos de las personas (fuente: fundamentos de la criminología contemporánea).

  • Legitimidad y eficacia del sistema penal: La legitimidad se refiere a la aceptación social y jurídica del sistema, basada en su conformidad con los principios constitucionales y derechos humanos; la eficacia se relaciona con la capacidad del sistema para cumplir sus objetivos sin vulnerar derechos (fuente: fundamentos de la criminología contemporánea).

Essential Points

  • Los principios del sistema penal ecuatoriano están fundamentados en el respeto a los derechos humanos, la legalidad y la proporcionalidad, asegurando que la intervención penal sea justificada y limitada (fuente: fundamentos de la criminología contemporánea).
  • La proporcionalidad y mínima intervención garantizan que las sanciones sean acordes con la gravedad del delito y que se evite la excesiva privación de libertad o derechos del imputado, promoviendo un equilibrio entre justicia y derechos fundamentales (Ferrajoli, 2011).
  • El garantismo penal, según Ferrajoli, limita el poder punitivo del Estado mediante garantías procesales y sustantivas, promoviendo un sistema que respete la dignidad y derechos del individuo, incluso en casos de delitos graves (Ferrajoli, 2011).
  • La legitimidad del sistema penal se sustenta en su conformidad con los principios constitucionales y en la aceptación social, siendo un requisito imprescindible para su eficacia y aceptación por parte de la ciudadanía.
  • La eficacia del sistema penal no solo se mide por la capacidad de sancionar, sino también por su respeto a los derechos humanos, la protección de las garantías y la prevención del delito de forma justa y proporcional.

Key Takeaway

El sistema penal ecuatoriano se rige por principios que garantizan la protección de derechos fundamentales, promoviendo una respuesta penal proporcional, mínima y legítima, en línea con los valores constitucionales y el garantismo penal de Ferrajoli.

8. Funciones y legitimidad de la pena

Conceptos clave y definiciones

  • Función retributiva: Es la función de la pena que busca sancionar al infractor en función del daño causado, basada en la justicia moral y en la idea de que el delito merece una respuesta proporcional. Según Ferrajoli (2011), esta función se centra en la justicia como reconocimiento del daño y en la correspondencia entre delito y castigo.

  • Función preventiva: Consiste en usar la pena para evitar futuros delitos, ya sea mediante la disuasión general (intimidar a la sociedad) o específica (reducir la riesgo del delincuente). Durkheim (2007) señala que la prevención busca mantener el orden social mediante la amenaza de sanciones.

  • Función resocializadora: Tiene como objetivo rehabilitar al delincuente para su reinserción social, promoviendo cambios en su comportamiento y valores. Garland (2005) destaca que esta función busca reducir la reincidencia y fomentar la integración social del condenado.

  • Legitimidad en el Estado constitucional: La pena debe ser legítima, es decir, estar fundamentada en principios constitucionales y en el respeto a los derechos humanos, garantizando que su aplicación sea proporcional, legal y respetuosa de la dignidad humana. La Ley (art. 76) del Estado ecuatoriano establece que la pena debe respetar estos principios.

  • Crítica a la expansión punitiva: Es la postura que cuestiona el aumento desmedido del uso del castigo, argumentando que puede generar efectos negativos como la estigmatización, la exclusión social y la vulneración de derechos humanos. Garland (2005) advierte que la cultura del control puede socavar los principios democráticos y los derechos fundamentales.

  • Relación entre pena y derechos humanos: La pena debe compatibilizarse con los derechos humanos, asegurando que su aplicación respete la dignidad, la igualdad y las garantías procesales. La Convención Americana (art. 5) y la Declaración Universal (art. 3) establecen que toda persona tiene derechos que deben ser protegidos incluso en el ámbito penal.

Puntos esenciales

  • La función retributiva fundamenta la pena en la justicia moral, vinculada a la responsabilidad del infractor y a la reparación del daño, como lo sostiene Ferrajoli (2011).
  • La función preventiva busca evitar que el delito se repita, siendo clave en la política criminal moderna, especialmente en contextos de alta criminalidad, como señala Durkheim (2007).
  • La función resocializadora se ha fortalecido en los sistemas democráticos, promoviendo programas de rehabilitación y reinserción social, en línea con los derechos humanos y la dignidad del condenado.
  • La legitimidad de la pena en un Estado constitucional requiere que esta sea proporcional, legal y respetuosa de los derechos fundamentales, garantizando un equilibrio entre la sanción y la protección de derechos.
  • La crítica a la expansión punitiva advierte sobre los riesgos de un aumento descontrolado del castigo, que puede derivar en violaciones a derechos humanos y en efectos sociales negativos, como la estigmatización y la exclusión social.
  • La relación entre pena y derechos humanos implica que la aplicación de la sanción debe estar sometida a principios que aseguren la dignidad y la igualdad, evitando prácticas arbitrarias o excesivas.

Conclusión clave

La legitimidad y las funciones de la pena deben estar fundamentadas en principios democráticos, derechos humanos y justicia, equilibrando la retribución, la prevención y la resocialización para lograr una política criminal efectiva y respetuosa de la dignidad humana.

9. Relación criminología y política criminal

Conceptos clave y definiciones

  • Relación entre criminología y política criminal: Es la interacción y influencia mutua en la formulación, implementación y evaluación de las estrategias y acciones del Estado para prevenir y sancionar la criminalidad, considerando los conocimientos criminológicos como base para decisiones políticas (Amaguaya Berrones, s.f.).

  • Impacto de teorías criminológicas en políticas públicas: Se refiere a cómo las diferentes corrientes y enfoques criminológicos, como las teorías estructurales, críticas o victimológicas, influyen en la creación de políticas públicas que buscan responder a los fenómenos delictivos, orientando las acciones del Estado en materia de seguridad, justicia y prevención (Amaguaya Berrones, s.f.).

  • Análisis crítico de la criminalización y control social: Es la evaluación reflexiva de cómo las políticas criminales y los mecanismos de control social, formal e informal, pueden contribuir a la reproducción de desigualdades, la estigmatización y la exclusión social, poniendo en duda su eficacia y justicia (Amaguaya Berrones, s.f.).

  • Influencia de la criminología crítica en reformas penales: Es el impacto que las perspectivas críticas, que cuestionan las estructuras de poder, la selectividad y la función del sistema penal, tienen en la transformación y modernización de las leyes, instituciones y prácticas penales, promoviendo enfoques más garantistas y participativos (Amaguaya Berrones, s.f.).

  • Políticas de seguridad y control social contemporáneas: Son las estrategias actuales que combinan tecnologías, vigilancia, participación comunitaria y reformas legales para mantener el orden social, enfrentando desafíos como la expansión del control digital, la protección de derechos y la prevención de la criminalidad (Amaguaya Berrones, s.f.).

Puntos esenciales

  • La criminología aporta conocimientos teóricos y empíricos que fundamentan las decisiones en política criminal, permitiendo diseñar respuestas más efectivas y justas frente a la criminalidad (Amaguaya Berrones, s.f.).

  • Las teorías criminológicas, especialmente las críticas, cuestionan la neutralidad del sistema penal y evidencian cómo las políticas públicas pueden estar sesgadas por intereses de poder, perpetuando desigualdades y exclusiones (Amaguaya Berrones, s.f.).

  • La criminalización y los mecanismos de control social deben ser analizados desde una perspectiva crítica para evitar la reproducción de prácticas discriminatorias y garantizar derechos fundamentales (Amaguaya Berrones, s.f.).

  • La influencia de la criminología crítica en reformas penales ha promovido enfoques más garantistas, participativos y orientados a la reparación, en contraposición a modelos punitivos y represivos tradicionales (Amaguaya Berrones, s.f.).

  • Las políticas de seguridad contemporáneas integran tecnologías digitales, participación comunitaria y principios de derechos humanos, buscando un equilibrio entre control social y protección de libertades (Amaguaya Berrones, s.f.).

Conclusión

La relación entre criminología y política criminal es fundamental para entender cómo las teorías y análisis criminológicos influyen en la formulación de políticas públicas que buscan responder a los fenómenos delictivos de manera efectiva, garantista y socialmente justa.

Tablas de Síntesis

Escuela / AutorEnfoquePrincipales ConceptosCríticas / Limitaciones
Evolución del pensamiento criminológicoDiversas teorías (Anomia, Desorganización social)Merton: Anomia; Shaw y McKay: Desorganización social; criminología ambientalEnfoques limitados a contextos específicos; dificultad para aplicar a fenómenos complejos actuales
Escuela clásica / BeccariaRacionalismo, Derecho penal liberalLegalidad, proporcionalidad, derechos individualesIgnora causas sociales y psicológicas del delito; enfoque en la responsabilidad racional
Positivismo criminológico / DeterminismoCientífico, empíricoFactores biológicos, sociales y psicológicos; método científicoReduccionismo biológico; subestima la responsabilidad individual; determinismo excesivo

Errores Comunes y Confusiones

  1. Confundir la teoría de la anomia de Merton con la de Shaw y McKay, creyendo que ambas explican la criminalidad desde la misma perspectiva.
  2. Asumir que la escuela clásica niega la existencia de causas sociales del delito, cuando en realidad se centra en la responsabilidad racional.
  3. Confundir determinismo biológico con determinismo social, sin distinguir sus enfoques y limitaciones.
  4. Creer que la criminología positivista niega la responsabilidad individual, cuando en realidad la considera condicionada por factores externos.
  5. Ignorar que la escuela clásica fue influenciada por la Ilustración y pensadores como Beccaria.
  6. Subestimar la importancia de los derechos humanos en el sistema penal liberal.
  7. Confundir los principios del sistema penal ecuatoriano con los de otras jurisdicciones, sin considerar su marco constitucional específico.

Lista de Verificación para el Examen

  • Conocer la definición y principales aportes de la teoría de la anomia de Merton.
  • Explicar la teoría de la desorganización social de Shaw y McKay y su relación con la criminalidad urbana.
  • Identificar los principios fundamentales del derecho penal liberal y la influencia de Cesare Beccaria.
  • Describir los principios de legalidad, proporcionalidad y derechos individuales en el sistema penal.
  • Analizar las críticas al derecho penal arbitrario y la importancia de las garantías constitucionales.
  • Comprender el enfoque del positivismo criminológico y el determinismo, diferenciando entre biológico, social y psicológico.
  • Reconocer los métodos empíricos utilizados en criminología positivista.
  • Explicar cómo la criminología contemporánea integra análisis geoespacial y criminología ambiental.
  • Conocer los principios del modelo constitucional ecuatoriano y su relación con los derechos humanos.
  • Identificar las funciones y la legitimidad de la pena en el sistema penal.
  • Relacionar criminología y política criminal, destacando su interacción y objetivos.
  • Conocer las principales referencias y autores: Beccaria, Merton, Shaw y McKay, y las corrientes actuales de criminología crítica y estructural.
  • Tener presente los principios del sistema penal ecuatoriano y su marco constitucional.
  • Entender la relación entre criminología y política criminal en la formulación de estrategias de prevención y control del delito.

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Evolución del pensamiento criminológico

Incluye teorías como la anomia y desorganización social.

Escuela clásica y derecho penal liberal

Principios basados en legalidad, proporcionalidad y derechos individuales.

Positivismo criminológico y determinismo

Sostiene que el delito tiene causas objetivas y verificables.

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